Project Description
LIEBIG (29/05/20) EL INTENDENTE JULIO PINTOS FIRMA HOY UN ACUERDO CON LUIS BENEDETTO Pte de CASFEG
ACUERDO DE COOPERACIÓN INTER-INSTITUCIONAL CAFESG – MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIEBIG
Entre la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande, con domicilio en calle San Juan 2097, de la Ciudad de Concordia, Entre Ríos, en adelante denominada CAFESG, representada en este acto por su Presidente, Ing. Luis Alberto Benedetto, D.N.I. 10.699.353; y por el Vocal y Coordinador del Área de Desarrollo Regional, Dr. Eduardo Agustín Asueta, D.N.I. 25.288.351; y la Municipalidad de Pueblo Liebig, con domicilio en Los Fresnos S/N de la localidad de Pueblo Liebig, Entre Ríos, en adelante denominado LA MUNICIPALIDAD, representada en este acto por su presidente el Sr. Julio Rubén Pintos, D.N.I. 16.328.183 y por el Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Diego Alberto Quarroz, D.N.I. 27.835.699; quienes convienen en celebrar el presente acuerdo de colaboración inter-institucional para promover el desarrollo del turismo en la localidad de Pueblo Liebig, regido por las siguientes reglas.
INTRODUCCIÓN: Considerando que a Municipalidad manifiesta interés en el fortalecimiento del turismo en la localidad de Pueblo Liebig, y la puesta en valor de su patrimonio natural y cultural; que las características edilicias y arquitectónicas únicas que reúne Pueblo Liebig ilustran una etapa significativa de la historia industrial argentina y mundial; que CAFESG asimismo, y de acuerdo a su objetivo general de desarrollar la región Salto Grande coincide con el propósito de promover la identificación, protección y conservación del patrimonio cultural y natural y su puesta en valor con fines educativos, culturales y turísticos; que CAFESG cuenta con un área de Desarrollo Regional con profesionales especializados y abocados a la generación de proyectos de desarrollo y a colaborar en su gestión e implementación, las partes acuerdan:
PRIMERA. OBJETO: El presente ACUERDO se suscribe ad referendum de su aprobación por parte del Ejecutivo Provincial, y tiene por objeto la cooperación y asistencia técnica para el desarrollo conjunto de acciones de fomento de la actividad turística en la localidad de Pueblo Liebig, incluyendo la elaboración, gestión e implementación de proyectos de desarrollo turístico que contemplen la puesta en valor del patrimonio cultural y natural y la búsqueda de su reconocimiento a nivel provincial, nacional e internacional.
SEGUNDA. PLAZO: El presente acuerdo tendrá un plazo de dos (2) años a partir de la fecha de suscripción, renovándose el mismo en forma automática.
TERCERA. RECURSOS: CAFESG pone a disposición de la Municipalidad los recursos humanos necesarios para llevar a cabo las acciones previstas en la cláusula primera, y los gastos de traslado de su personal hasta la sede de la Municipalidad en los días y circunstancias en que sean acordados.
CUARTA: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD: La Municipalidad otorgará un espacio físico para trabajar cuando el personal de CAFESG se traslade a la localidad y pondrá a disposición las personas necesarias para llevar a cabo las acciones previstas en la cláusula primera.
QUINTA. RESOLUCIÓN ANTICIPADA. Las partes convienen que el presente acuerdo podrá ser rescindido por cualquiera de ellas, debiendo notificar a la otra tal decisión de modo formal y fehaciente y con una antelación de sesenta días (60). Sin embargo, si existieren en curso de ejecución tareas acordadas, éstas deberán desarrollarse hasta la finalización de las pendientes.
SEXTA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Las partes fijan sus domicilios legales en los lugares citados en el encabezado, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y/o extrajudiciales. Acuerdan, asimismo que, en el supuesto caso de eventuales discrepancias, conflictos o contiendas en la interpretación y/o ejecución del presente o de los acuerdos específicos resolverán las cuestiones por medios amistosos. Para el supuesto caso de no arribar acuerdo, quedan sometidas a las normas de procedimientos y competencia vigentes en la materia para la provincia de Entre Ríos.
En la ciudad de Concordia, a los 29 días del mes de Mayo de 2020.